ORP ASOCIADOS

Ospino Rodríguez Profesionales Asociados. Peritajes en los ámbitos Penal, de Familia y Laboral.

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QUE ES PSICOLOGIA FORENSE

La Psicología Forense es especialmente útil en la realización de pericias penales, evaluación de presuntos agresores y daño psicológico, valoración para inimputabilidad, elaboración de evaluaciones psicológicas forenses, asesoría técnica a la Defensa o a la Fiscalía y el acompañamiento de víctimas o testigos en las audiencias orales.

USOS DE LA PSICOLOGIA FORENSE

La Psicología Forense ofrece un amplio abanico de usos prácticos especialmente útiles en el ejercicio jurídico tanto para la Defensa como para la Fiscalía.

EXAMEN DEL ESTADO MENTAL

Como testigo experta en juicio, uno de los aspectos que se deben verificar en los informes que otros profesionales de la Psicología forense hayan presentados es la realización del examen juicioso del estado mental de la persona evaluada toda vez que es un requerimiento en toda evaluación psicológica forense.

EN EL AMBITO DE LA FAMILIA

La Psicología Forense, como subárea especializada de la Psicología Jurídica, tiene como acción principal “la realización de evaluaciones psicológicas por solicitud de autoridades competentes, para aportar información especializada y veraz, que se convertirá en un medio probatorio para orientar la toma de decisiones judiciales”.

martes, 14 de abril de 2015

CUSTODIA, VISITAS Y DIVORCIO II (Instrumentos de evaluacion)


ASIGNACION DE CUSTODIA, REGULACION DE VISITAS

Y EFECTOS DEL DIVORCIO II

(Instrumentos de evaluacion)

Martha Stella Ospino-Rodríguez y Claudia Victoria Vidal-Padilla. 

Una vez vistos los aspectos necesarios para evaluar, en el escrito anterior, se revisarán los instrumentos psicológicos que se emplean con mayor frecuencia  Pues bien, contamos con la entrevista, la observación comportamental, el análisis de la documentación y la aplicación de instrumentos.  Respecto a este último aspecto, Fariña, Seijo, Novo y Jólluskin (2002) hacen referencia a algunos de los instrumentos aplicados con sus limitaciones, para la evaluación de las actitudes, conductas y habilidades parentales, incluyendo entre otros:  (a) el inventario de relación padres- hijo/a (Parent-Child Relationship Inventory-PCRI), creado por Gerard (1994), que consta de 78 ítems, en siete escalas: apoyo parental, satisfacción parental, implicación, comunicación, disciplina, autonomía y rol de orientación, consta de dos escalas de fiabilidad: deseabilidad social y tendencia a contestar respuestas inconsistentes. Las puntuaciones altas indican características y destrezas parentales positivas. Una de las dificultades con el instrumento es la falta de información acerca del proceso de construcción, validez y fiabilidad; (b) la prueba de la percepción de las relaciones de Bircklin (Bircklin Perception of Relationships Test) creado por Bircklin (1995), consta de 64 ítems, 32 para evaluar a cada uno de los padres, agrupados en cuatro áreas: percepción que tiene el niño sobre la competencia parental de cada progenitor; percepción del padre/madre como fuente de cariño y empatía; percepción de la consistencia del padre/madre y percepción de rasgos admirables del padre/madre. Al igual que el PCRI se tiene información limitada en cuanto a validez, fiabilidad y normatividad; (c) la prueba de escalas de Ackerman Schoendorf para la evaluación parental de custodia (Ackerman Schoendorf Scales for Parent Evaluation of Custody ASPECT), creada por Ackerman (1994), que contiene 3 escalas: observacional (la apariencia y presentación de los padres), social (la interacción con otros, incluyendo el niño) y cognitiva emocional (el funcionamiento psicológico y mental de los padres), en su forma completa contiene un cuestionario de auto reporte que es completado por cada uno de los padres, la entrevista con observación de cada uno de los padres con y sin el/a hijo/a y los resultados de test usualmente utilizados en la evaluación de custodia como son el MMPI-2, Rorschach, WAIS-R, WRAT-R, y NEAT para padres, CAT o TAT, y una medida de inteligencia en el/a niño/a. Se obtiene una medida cuantitativa de estas variables o "índice de custodia parental", que sirve como indicador de la efectividad parental y que puede ser utilizado para comparar un padre con el otro; (d) el índice de estrés parental (Parent Stress Index-PSI), desarrollado por Abidin (1990) para evaluar en qué medida los progenitores experimentan estrés en la crianza de los hijos, asumiendo que este estrés es acumulativo y multidimensional, considerándose como instrumento inicial para identificar posibles áreas de estrés o conflicto entre los progenitores y con sus hijos.

Por su parte, Keilin  y Bloom (1986, citados en Ramírez, 2003) en su estudio a más de un centenar de psicólogos y psiquiatras forenses agruparon la utilización de los test psicológicos en tres grupos, a saber: (a) medidas de inteligencia, (b) medidas de personalidad y, (c) medidas de funcionamiento académico y comportamiento general del/a niño/a.  Para la medición de inteligencia las pruebas más usadas en Colombia y en los países de habla hispana son el WAIS-R (para los adultos) y el WISC-R (para los niños).   Para la medición de la personalidad, las pruebas comentadas anteriormente: el MMPI-2, el Inventario de Millon (MCMI-II) y el Inventario de Personalidad NEO PI-R.  Para la medición de funcionamiento académico y comportamiento infantil existe una larga lista de instrumentos que no nacieron en el contexto forense, pero que se están aplicando con numerosas críticas y comentarios a su favor, los cuales no van a ser presentados en este escrito en aras a la brevedad. 

A continuación se va a hacer mención de algunos de los instrumentos que ha trabajado Ramírez (2003) y que son asequibles a los profesionales colombianos. Estos son: (a) Instrumento sobre actitudes parentales, adaptado a la población colombiana por el Laboratorio de Psicología Jurídica de la Universidad Nacional (J.I. Ruíz, comunicación personal, 13 de septiembre, 2014); (b) Cuestionario de conductas infantiles para padres: CBCL de Achenbach, con adaptación a la población española; (c) Escala de apoyo social percibido de amigos o Red de apoyo social de los hijos, cuya adaptación a la población colombiana fue realizada en el Laboratorio de Psicología Jurídica de la Universidad Nacional (J.I. Ruíz, comunicación personal, 13 de septiembre, 2014); (d) Escala de evaluación de estrategias de afrontamiento de problemas; (e) Escala de creencias infantiles sobre el divorcio parental; (f) Listado de  tareas de cuidado infantil, adaptada a la población colombiana por el Laboratorio de Psicología Jurídica de la Universidad Nacional (J.I. Ruíz, comunicación personal, 13 de septiembre, 2014); (g) Escala de comunicación padres-adolescentes; (h) Escala de comunicación padres-adolescentes; (i) Listado de preferencias infantiles; (j) Conocimiento parental de los hijos y de su ajuste a la situación familiar, adaptado a la población colombiana por el Laboratorio de Psicología Jurídica de la Universidad Nacional (J.I. Ruíz, comunicación personal, 13 de septiembre, 2014); (k) Inventario de percepción de los padres; (l) Relaciones interparentales valoradas por los hijos, adaptada a la población colombiana por el Laboratorio de Psicología Jurídica de la Universidad Nacional (J.I. Ruíz, comunicación personal, 13 de septiembre, 2014); y (m) Competencia/apoyo social de los progenitores, adaptada a la población colombiana por el Laboratorio de Psicología Jurídica de la Universidad Nacional (J.I. Ruíz, comunicación personal, 13 de septiembre, 2014).

Finalmente, para decidir acerca de la custodia, una vez se hayan realizado las evaluaciones respectivas, se han determinado criterios de decisión, entre los que cuentan los contemplados en el Acta de Michigan, como una guía o lista de chequeo para verificar que se han contemplado las áreas y aspectos necesarios durante la evaluación y que se cuenta con los elementos necesarios para dar el concepto profesional: (a) amor y afecto entre progenitor e hijo/a, (b) lazos emocionales entre progenitor e hijo/a, (c) capacidad parental para servir de guía al hijo/a, (d) capacidad parental para que el niño continúe educándose y creciendo en su religión o credo, si lo tuviera; (e) capacidad parental para proporcionar alimentación, (f) capacidad parental para proporcionar ropa, (g) capacidad parental para proporcionar cuidados médicos, (h) capacidad parental para proporcionar cuidados terapéuticos, (i) capacidad parental para satisfacer otras necesidades materiales, (j) período de tiempo que el niño ha vivido en un ambiente satisfactorio y emocional y psicológicamente estable y la deseabilidad o conveniencia de su continuidad, (k) permanencia como unidad familiar que supone el hogar custodio propuesto (o ya existente), (l) idoneidad moral del progenitor, (m) salud mental del progenitor; (n) salud física del progenitor (o) historia de domicilio del hijo/a; (p) historial escolar del hijo, (q) historial comunitario o social del hijo/a; (r) preferencia razonable del hijo/a hacia el progenitor, si el Juzgado considera que tiene suficiente edad para expresar tal preferencia; (s) cualquier otro factor que el Juzgado considere relevante en la disputa de la custodia de un niño/a en particular (Grisso, 1986 y Schutz, et al., 1989 citados en Ramírez, 2003, pp. 63-64).

El Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses (INMLCF) de Colombia construyó la Guía para la realización de pericias psiquiátricas y psicológicas forenses con fines de reglamentación de visitas y regulación de alimentos en 2010, donde se plantea que se realicen entrevistas con los progenitores y con el niño/a, a través del “Protocolo Evaluación Básica en Psiquiatría y Psicología Forenses”, en la que se recolecta información de filiación y sobre la situación actual de la familia, se evalúa el ciclo vital de la familia, la historia de la pareja, vínculos afectivos, secretos, alianzas, triangulaciones, afrontamiento y resolución de conflictos, momentos y lugares de interacción, lealtad, roles, liderazgo, normas y límites, los patrones de comunicación familiar, entre otros, identificando los motivos de la no conciliación entre los padres en lo atinente a las visitas. Con los padres o cuidadores se recolecta la historia personal y familiar, las fuentes de ingreso, los antecedentes médicos, la percepción y expectativas sobre el proceso que se sigue, y los antecedentes biográficos para identificar psicopatología o rasgos de personalidad que les hagan tendientes a no cumplir sus obligaciones o generen situaciones de riesgo en el contacto con su hijo/a. En la entrevista con el niño/a se exploran los vínculos paterno-filiales, las emociones predominantes y las reacciones que han presentado ante las situaciones de conflicto; así como la presencia o ausencia de síntomas y su percepción respecto del rol que ha desempeñado cada miembro de la familia en la situación actual. Señalando que la utilización de escalas, cuestionarios, tests psicométricos, proyectivos, de medición de inteligencia y neuropsicológicos, entre otros, se dará a criterio del examinador/a.

Respecto a la evaluación para pronunciarse respecto a la regulación de visitas, dentro de los elementos a considerar están, como indica Ramírez (2006), el efecto del contacto con el progenitor no custodio sobre la adaptación filial, la conflictividad interparental, el ajuste psicológico del progenitor/a no custodio y la calidad de las relaciones mantenidas por parte de éste/a con el hijo/a antes de la separación o divorcio y estilos de crianza. De allí que los instrumentos planteados cuando se adelantan los procesos de definición de custodia, puedan tenerse así mismo en cuenta para definir condiciones específicas de las visitas por el/a progenitor/a no custodio.

En relación con los efectos del divorcio, como indica Tejedor (2012), la sintomatología más frecuente a los meses siguientes al divorcio en los niños son “conducta agresiva, desobediencia, falta de autoregulación, baja responsabilidad y logro y en menor medida ansiedad, depresión, problemas en las relaciones sociales” (p. 70). Por lo que los instrumentos frecuentes de evaluación con el Test autoevaluativo multifactorial de adaptación infantil (TAMAI); el cuestionario de depresión para niños (CDS); el cuestionario de ansiedad infantil (CAS), la escala de cohesión y adaptación familiar (CAF); la escala de clima familiar (FES); el cuestionario de adaptación al divorcio – separación (CAD-S).

Antes de terminar, parece relevante hacer un comentario sobre el empleo de las proyectivas para la evaluación forense.  Las autoras del presente escrito no recomiendan su utilización dado que este tipo de instrumentos no cuentan con procedimientos estadísticos de validez ni confiabilidad, son bastante controvertidas en los estrados judiciales, por tanto su empleo es bastante limitado en este medio.  A este respecto Ramírez (2003) dice que el uso de las proyectivas se ha extendido los Estados Unidos por razones económicas en donde “cada vez se invierte más tiempo y se cobra más por emitir informes y testificar que en sí por la evaluación (…) debido a las complicaciones y responsabilidades que comporta el sistema legal para los peritos” (p.75), sin embargo LaCalle (2011) expresa  que “la mayor parte de las jurisdicciones legales en USA, los rechazan por ser eminentemente subjetivos (basados principalmente en la interpretación del PF (psicólogo forense). Esto es aún más pronunciado en el caso de Rorschach, con base eminentemente psicoanalítica y con sus diferentes escuelas de interpretación”.  Si bien es cierto en algunos países de Latinoamérica el uso de las pruebas proyectivas en el ámbito forense en bastante frecuente, éste se debe a que el sistema de justicia es todavía marcadamente inquisitorio, al propio desarrollo académico y profesional de la psicología jurídica, disciplina que requiere basarse en evidencias y crear sus propias herramientas que nos permitan hacer un trabajo de mayor calidad (García, 2011) y por la cultura de la región toda vez que no es extraño que los profesionales del Derecho y demás disciplinas recurran a la consulta psicoanalítica como costumbre, lo que hace su uso familiar.

A pesar que los instrumentos con que se cuentan en la actualidad en la psicología forense aplicada al ámbito de la familia no fueron creados para su uso en el campo forense, al hacer una adecuada elección de tan amplia variedad y disponibilidad de instrumentos, nacidos en la psicología clínica, se puede lograr realizar un trabajo profesional de calidad; queda entonces una amplia tarea para los académicos e investigadores de la disciplina con el fin de llenar los vacíos tanto en herramientas como en el abordaje de la problemática de familia desde la perspectiva forense que como se puede concluir en el presente estudio es bastante amplio.  Son múltiples las problemáticas en familia que pueden ser abordadas por el psicólogo forense que con una formación profesional cada vez más seria y juiciosa aporta aspectos de relevancia para la toma de decisiones de los operadores de justicia en pro de la no vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, en particular y de todos los integrantes de la familia, núcleo de la sociedad.  

Para citar este escrito según normas APA:


Ospino-Rodríguez, M.S. y Vidal-Padilla, C.V.  (2015, abril 14).  Asignación de custodia, regulación de visitas y efectos del divorcio II.  (Instrumentos de evaluación).  [Mensaje en un blog].  Recuperado de http://lapsicologiaforense.blogspot.com/.

 

REFERENCIAS

 

Fariña, F.; Seijo, D.; Novo, M. y Jólluskin, G. (2002). Instrumentos específicos de evaluación forense (IEEF) en Derecho de familia. Tercer Congreso Virtual de Psiquiatría Interpsiquis 2002. psiquiatría.com.  Recuperado 30 de enero de 2008 del sitio web


García, E.  (3 de febrero de 2011).  Re: Psjuridica.  Respuesta.   [Mensaje en una lista de correos electrónicos de psicologíajuridica.org Foros ALPJF].  Recuperado de https://mail.google.com/mail/

Hathaway, S. R y McKinley, J.C. (2002).  MMPI-2 Inventario Multifásico de Personalidad de Minnesota-2.  Manual.  Adaptación española: A. Avila-Espada y F. Jiménez-Gómez (3ª. Ed). Madrid: Tea Publicaciones.

Hernández-Guanir, P. (2009) Tamai. Test autoevaluativo multifactorial de adaptación infantil. 6ª.ed. Madrid: Tea Ediciones.

Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses (2010). Guía para la realización de pericias psiquiátricas y psicológicas forenses con fines de reglamentación de visitas y regulación de alimentos.  Bogotá: INMLCF.

Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses (2010). Guía para la realización de pericias psiquiátricas y psicológicas forenses sobre patria potestad (o potestad parental) y custodia.  Bogotá: INMLCF.

Lang, M. y Tisher, M.  (2003).  Cuestionario de Depresión para Niños. CDS.  7ª. Ed. Madrid: tea Ediciones. 

LaCalle, J.J. (2 de febrero de 2011).  Re: Psjuridica.  Respuesta.   [Mensaje en una lista de correos electrónicos de psicologíajuridica.org Foros ALPJF].  Recuperado de https://mail.google.com/mail/

Ramírez, M. (2003).  Cuando los padres se separan. Alternativas de custodia para los hijos.  Madrid: Editorial Biblioteca Nueva.

Ramírez, M. (2006).  El peritaje psicológico en el ámbito del Derecho de Familia.  En J. C. Sierra; E. M. Jiménez & G. Buela-Casal (coords.).  Psicología forense: manual de técnicas y aplicaciones.  Madrid: Editorial Biblioteca Nueva

Tejedor, A. (2012). El interés de los menores en los procesos contenciones de separación o divorcio. Anuario de Psicología Jurídica, 22, 64-75

     

 

viernes, 10 de abril de 2015

CUSTODIA, VISITAS Y DIVORCIO I

 
 
 
 
 
 
 
 
ASIGNACIÓN DE CUSTODIA, REGULACIÓN DE VISITAS

Y EFECTOS DEL DIVORCIO I

 

Martha Stella Ospino-Rodríguez y
Claudia Victoria Vidal-Padilla. 
       Una situación en el Derecho de Familia en donde la intervención del psicólogo forense es frecuente y de gran utilidad es en los divorcios y separaciones en los que podrá: (a) demostrar la idoneidad de los padres para la custodia de sus hijos; (b) orientar para el establecimiento del régimen de visitas y realizar el seguimiento del mismo; (c) determinar los efectos psicológicos de la separación o el divorcio en cada una de las partes de la familia.

En el caso de los dictámenes para la asignación de custodia a uno de los padres o familiares, se busca realizar un arreglo de la misma que más beneficie al/a hijo/a, por tanto se hace necesario que se evalúen a los adultos que asumirán la custodia, al ambiente en que estará el/a hija/a, y al niño/s y/o niña/s.  De forma que para llevar a cabo esta evaluación es indispensable realizar una tarea juiciosa por parte de un profesional que tenga estudios postgraduales, preferiblemente en psicología jurídica o forense, en donde haya recibido formación en el Psicología evolutiva, Psicopatología y en familia (Association of Family and Conciliation Courts, 2006) para analizar los siguientes aspectos, contemplados por Ramírez (2003), Ramírez (2006) y Tejedor y Jiménez (2001): (a) la personalidad y ajuste psicológico de los progenitores o posibles custodios, (b) la adaptación de los miembros de la familia a nivel personal, familiar, escolar, laboral y social; (c) las actitudes parentales junto con los intereses, disposiciones y expectativas de los diferentes miembros de la familia; (d) las habilidades y estilos educativos; (e) en la dinámica familiar se evalúa la estructura de poder, la diferenciación entre los miembros, las relaciones, la comunicación, la afectividad; (f) la infraestructura o viabilidad práctica de una alternativa de custodia o la percepción, vivencia y reacción de la problemática familiar y de la situación de custodia, y (g) el entorno o contexto socioambiental.

Con respecto a la evaluación del niño y/o niña, Tejedor y Jiménez (2001) sugieren analizar los lazos afectivos y preferencias con los padres; la actitud ante la separación; relación con los hermanos; la adaptación emocional y personal; el interés, rendimiento y adaptación escolar; la calidad y cantidad de los vínculos con la comunidad y sus propios deseos y expectativas.

Dentro de los elementos señalados por la Guía para la realización de pericias psiquiátricas y psicológicas forenses sobre patria potestad (o potestad parental) y custodia realizada por el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, en el año 2010, se encuentra que en la valoración del núcleo familiar es fundamental considerar: La descripción de los vínculos afectivos, los rasgos de personalidad, el desarrollo moral, el funcionamiento global, y presencia o ausencia de enfermedad mental del padre y de la madre… información acerca de la salud mental del padre, de la madre y de los hijos, circunstancias que indiquen descuido de los hijos tales como historia de maltrato de cualquier tipo, desvinculación o asistencia irregular a los sistemas de protección y seguridad social, desescolarización o falta de apoyo para desarrollar el área académica, existencia de un ambiente insano para el desarrollo de los hijos, o historia de deprivación afectiva.

Antes de observar los instrumentos sugeridos para evaluar a las partes en la asignación de custodia, lo cual será cubierto en el próximo escrito, es importante tener en cuenta la recomendación que dan en el Protocolo de Fariña, Seijo, Arce y Novo (2002 citado por Sotelo, Novo y Vilariño, 2010) acerca de realizar entrevista conjunta con ambos progenitores, siempre y cuando la situación así lo permita, dado que en muchos casos es tan conflictiva la relación que ésta conllevaría a propiciar malos tratos.  Los autores mencionados aconsejan realizar esta entrevista para:

1. Aclarar y matizar algunas de las afirmaciones que los progenitores realizan durante las entrevistas individuales.

2. Darles la posibilidad de que encaucen conjuntamente el futuro de sus hijos, centrándose en el mejor interés de éstos, y analizar su capacidad para realizar un proyecto de coparentalidad.  (p. 183).

Por otra parte, en el Protocolo de Fariña, Seijo, Arce y Novo también recomienda que se establezcan espacios con el fin de observar la dinámica de la relación de los hijos con cada uno de los padres, lo cual puede efectuarse mediante la facilitación de juegos y del desarrollo de tareas acordes a la edad de los niños, de manera que se “analizan las habilidades y estilos de cada progenitor para interaccionar con sus hijos y el nivel de apego existente entre sí” (Sotelo, Novo y Vilariño, 2010, p.187).  A través de estas estrategias, se podrían evaluar parte de los aspectos que se requieren cubrir en un proceso de evaluación para asignar la custodia de los hijos.  

En cuanto a la regulación de visitas, no existe en Colombia una legislación específica al respecto, sin embargo la Corte Suprema de Justicia en su sentencia T 500/93 señala:

La reglamentación y regulación de visitas, es un sistema por medio del cual se trata de mantener un equilibrio entre los padres separados para ejercer sobre sus hijos los derechos derivados de la patria potestad y de la autoridad paterna. En principio, las visitas pueden ser acordadas por la pareja según las circunstancias concretas del caso, con aprobación del funcionario correspondiente o, en su defecto, fijadas por el juez, después de un estudio detallado de la conveniencia, tanto para el menor, como para cada uno de sus padres. (p.10)

Se  hace necesario establecer las condiciones en las que se darán las visitas con el progenitor/a no custodio con el fin fortalecer los vínculos parento-filiales y de evitar conflictos entre la pareja; esta regulación es conveniente realizarla con base en el periodo evolutivo en que se encuentre el/a niño/a, algunos de los criterios, señalados por Tejedor y Jiménez (2001), son: en niños/as de 0 a 2 años generar visitas diarias, a partir de los 18 meses con la posibilidad de pernoctar una noche si el niño/a la admite y con un espacio apropiado en el domicilio del/a progenitor/a no custodio; de los 3 a los 5 años se aconseja que las visitas no se distancie más de una semana, con comunicación telefónica, la cantidad de tiempo para pernoctar con progenitor/a no custodio depende de la capacidad del niño/a de permanecer fuera de su entorno habitual, siendo un fin de semana completo posiblemente un tiempo excesivo; de los 6 a los 11 años, se considera que las visitas no deben distanciarse más de 15 días en fines de semana alternos; de 12 a 18 años, sería conveniente tener en cuenta los tiempos y condiciones solicitadas por el/a hijo/a para poder generar acuerdos en relación con las obligaciones, intereses y necesidades tanto de padre como hijos/as.

Finalmente, los efectos psicológicos de la separación o el divorcio son muy variados dependiendo de las mismas condiciones en que se presenta, en el caso de los niños como señala Bengoechea (1992) la respuesta es muy variada y amplia, depende de “la edad y el desarrollo evolutivo del niño, temperamento y personalidad, diferencias sexuales, acumulación del estrés, cambios vitales tanto en la economía familiar como en las relaciones interpersonales con los padres, apoyos extrafamiliares, etc.” (p 493). 

En el próximo escrito se verán los instrumentos más utilizados para la evaluación de la asignación de custodia.

Para citar este escrito según normas APA:


Ospino-Rodríguez, M.S. y Vidal-Padilla, C.V.  (2015, abril 10).  Asignación de custodia, regulación de visitas y efectos del divorcio I.  [Mensaje en un blog].  Recuperado de http://lapsicologiaforense.blogspot.com/.

 

REFERENCIAS

Association of Family ando Conciiation Courts. (2006).  Model Standards of Practice for Child Custody Evaluation.  Wisconsin.  Recuperado de http://www.afccnet.org/Portals/0/ModelStdsChildCustodyEvalSept2006.pdf

Bengoechea, P. (1992). Un análisis exploratorio de los posibles efectos del divorcio en los hijos. Psichotema, 4, 2, 491-511.

Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses (2010). Guía para la realización de pericias psiquiátricas y psicológicas forenses con fines de reglamentación de visitas y regulación de alimentos.  Bogotá: INMLCF.

Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses (2010). Guía para la realización de pericias psiquiátricas y psicológicas forenses sobre patria potestad (o potestad parental) y custodia.  Bogotá: INMLCF.

Ramírez, M. (2003).  Cuando los padres se separan. Alternativas de custodia para los hijos.  Madrid: Editorial Biblioteca Nueva.

Ramírez, M. (2006).  El peritaje psicológico en el ámbito del Derecho de Familia.  En J. C. Sierra; E. M. Jiménez & G. Buela-Casal (coords.).  Psicología forense: manual de técnicas y aplicaciones.  Madrid: Editorial Biblioteca Nueva.

Sentencia T 500 de 1993.  Magistrado Ponente Jorge Aango Mejía.  Recuperado de  http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/1993/T-500-93.htm

Sotelo, A., Novo, M. y Vilariño, M.  (2010).  Protocolo de Fariña, Seijo, Arce y Novo (2002) para las evaluaciones de guarda y custodia en procesos de separación y divorcio.  En  F. Fariña, R. Arce, M. Novo y D. Seijo. (Coords). Separación y divorcio: Interferencias parentales. (180-189). España: Asociación Española Multidisciplinar de Investigación sobre Interferencias Parentales.

Tejedor, A. y Jiménez, F.  (2001).  Evaluación psicológica en los supuestos de guarda y custodia.  En F. Jiménez (2001).  Evaluación Psicológica Forense. 2 Matrimonio y procesos de protección con el menor.  (61-96). Salamanca: Amarú Ediciones.